FUNCIONES
DEL DIRECTOR
El director es la primera autoridad
administrativa y docente del Plantel; depende del Ministerio del Poder Popular
para la Educación o de la entidad a quien éste delegue la función. Tiene la
responsabilidad de lograr que la institución ofrezca los servicios educativos
adecuados, para que el educando alcance los objetivos educacionales. De él
dependen los Coordinadores Académicos y de Disciplina y los responsables de los
servicios administrativos y de bienestar.
Sus funciones son:
1.
Representar legalmente
a la Institución.
2.
Presidir los comités de
Administración de Fondos de servicio Docente, directivo y curricular adscrito a
la institución (Consejo de Docentes, Consejo Educativo y Consejo General) y participar
en los demás cuando lo considere oportuno.
3.
Establecer criterios
para dirigir la institución de acuerdo con las normas vigentes.
4.
Planear y organizar con
los coordinadores las actividades curriculares de la Institución.
5.
Establecer canales y mecanismos de comunicación.
6.
Dirigir y supervisar el
desarrollo de las actividades académicas y administrativas del plantel.
7.
Dirigir y supervisar las actividades de
bienestar y proyección de la comunidad.
8.
Elaborar los
anteproyectos de presupuesto ordinario y de fondos de servicios docentes,
en colaboración con el administrador,
presentarlos al Ministerio o entidades
correspondientes para su aprobación y controlar su ejecución de acuerdo con las
normas vigentes.
9.
Administrar el personal
de la Institución de acuerdo con las normas vigentes.
10.
Administrar los bienes del Plantel en
coordinación con el administrador.
11.
Hacer cumplir la asignación académica de
acuerdo con las normas vigentes.
12.
Dirigir y participar en la ejecución del
programa anual de evaluación de la Institución y enviar el informe a la entidad
administrativa correspondiente.
13.
Asignar, en ausencia temporal, las funciones
del director a uno de los coordinadores,
de acuerdo con las normas vigentes.
14.
Cumplir las demás funciones que le sean
asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.
15.
Ser miembro nato del Consejo Educativo y del Cofopi.
FUNCIONES ADMINISTRATIVAS DEL COORDINADOR
El Coordinador
Académico depende del Director y le corresponde la administración académica del
Plantel. De él dependen los jefes de departamento y por relación de autoridad
funcional, los docentes.
Sus funciones son:
1.
Dirigir y coordinar las
actividades educativas de su nivel.
2.
Colaborar con el
director en la Planeación y evaluación Institucional.
- Dirigir la Planeación y Programación
Académica de acuerdo con los objetivos – criterios curriculares.
- Coordinar y dirigir la acción de los
tutores, en colaboración con los Departamentos de Orientación y de
Pastoral, de acuerdo con el Proyecto Educativo Institucional y el Plan de
Acción Pastoral.
- Organizar a los profesores por
departamentos, de acuerdo con las normas vigentes y coordinar sus acciones
para el logro de los objetivos.
- Coordinar la acción académica con la administración de estudiantes y
profesores.
- Proponer los libros de texto, previa
consulta al correspondiente Departamento y profesorado, en los términos
legalmente establecidos, así como promover la adquisición y utilización de
otros materiales didácticos necesarios para el desarrollo de la acción
educativa.
- Conocer las bajas del profesorado y
prever las correspondientes suplencias ordinarias, así como conocer las
ausencias de los estudiantes.
- Ejercer la jefatura del personal
docente en los aspectos académicos dentro de su nivel.
- Convocar y presidir los actos académicos
de la sección de enseñanza de su nivel.
- Establecer canales y mecanismos de
comunicación, favoreciendo la convivencia y solventando las alteraciones
que se produzcan resolviendo los
asuntos de carácter grave planteados en el centro, en materia de
disciplina de los estudiantes, docentes y representantes.
- Dirigir y supervisar la ejecución y
evaluación de las actividades académicas.
- Dirigir la evaluación del rendimiento
académico y adelantar acciones para mejorar la calidad educativa.
- Programar la asignación académica de los
Docentes y elaborar el horario general de clases del plantel, en
colaboración con los jefes de departamento y el coordinador de Pastoral,
presentarlos al Director para su aprobación.
- Fomentar la investigación científica para el
logro de los propósitos educativos.
- Administrar el personal a su cargo de
acuerdo con las normas vigentes.
- Rendir periódicamente informe al Director
del Plantel sobre el resultado de las actividades académicas.
- Presentar al Director las necesidades de
material didáctico de
departamentos.
- Responder por el uso adecuado,
mantenimiento y seguridad de los equipos y materiales confiados a su
manejo.
- Cumplir las demás funciones que le sean
asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.
- Cumplir con la jornada laboral legalmente establecida.
FUNCIONES ADMINISTRATIVAS DEL
DEPARTAMENTO DE CONTROL DE ESTUDIOS Y EVALUACIÓN
1.
Revisar, transcribir, organizar,
controlar y emitir los documentos probatorios de estudio de los alumnos del
Plantel, asegurando su legalidad y validez ante los organismos competentes.
2.
Atender a los estudiantes de todos los niveles, en lo relativo al
registro y control de estudio, a los fines de validar y otorgar a los
interesados: Boletín o Constancia de Calificaciones por lapso, Certificación de
Calificaciones, Constancias de Estudios, Carta de Buena Conducta, Títulos de
Bachiller y otros.
3.
Responsable ante la Zona Educativa del
Estado Miranda y el Municipio Escolar N° 1 de retirar y consignar todos los
recaudos relacionados con el Departamento de Control de Estudio.
4.
Recaudar y organizar, al inicio del año
escolar, los documentos y recaudos requeridos por las Autoridades Educativas
relativos a: Nómina del Personal Docente, Administrativo y Obrero, movimiento
de ingreso y egreso del personal y la permisología de funcionamiento vigente,
para la organización escolar.
5.
Ordenar y entregar a la Autoridad
Educativa Competente, todos los recaudos requeridos para el proceso de
seguimiento o renovación de inscripción del Colegio.
6.
Estar permanentemente informados sobre
los cambios realizados a nivel de normas, procedimientos y requisitos exigidos
por el Ministerio del Poder Popular para la Educación.
7.
Participar en talleres, cursos y
seminarios de actualización profesional.
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